SANTO DOMINGO.- El Consejo Permanente de la
Conferencia del Episcopado Dominicano solicitó a los legisladores del
Congreso Nacional la ratificación del Código Penal tal cual fue aprobado
por ambas cámaras.
Manifestaron que entre las razones que los mueve a
este reclamo, figura el hecho de que en el artículo 37 de la
Constitución dice clara y rotundamente que “el derecho a la vida es
inviolable desde la concepción hasta la muerte”, por lo que “no podrá
establecerse, pronunciarse ni aplicarse en ningún caso, la pena de
muerte”.
Reiteraron que “la legalización del aborto” es
dictar “pena de muerte”, a una persona, por demás indefensa, aunque ésta
provenga de una violación de la que ella no es nada responsable, o bien
pudiera tener alguna malformación.
“Alabamos y hacemos nuestra la preocupación por
la vida de la madre, pero seríamos excluyentes y discriminatorios si
sólo defendemos los derechos de la madre y condenamos a muerte al hijo
que está en su vientre, que también merece del Estado, de sus
progenitores y de toda la sociedad el derecho a la vida y a la salud, el
respeto a su dignidad humana y a su integridad psíquica y moral” tal
como establece el artículo 38 de nuestra Constitución”, explican los
obispos en un comunicado enviado a esta redacción de END.
Destacan que el principio a tener en cuenta es que
son dos vidas que están en juego, por lo que “el Estado tiene el deber y
la obligación de ser inclusivo, y legislar para salvar las dos vidas,
no para salvar una y condenar la otra”.
“Este mismo principio es válido para el
profesional de la salud. El médico, en caso de emergencia y amenaza
contra la vida de la mujer embarazada tiene el deber de atender y
procurar la salvación de las dos vidas. Si en el procedimiento para
salvarlas, una, tal vez la más débil, muere, no es objeto de
penalización como lo establece la Constitución de la República en el
artículo 42.3 y el nuevo Código Penal en sus artículos 22 y 23”,
manifiestan.
De modo que, explican, que “el interés de
protección social y el respeto a la dignidad” de los profesionales de la
salud, está salvado, siempre que su accionar profesional sea equitativo
e inclusivo, no en desigualdad de condiciones, ni con criterios y
principios de exclusión.
Explicaron que “proceder al aborto porque el
embarazo de la madre es fruto de una violación es condenar a la muerte
al inocente de indefenso en violación al artículo 5.3 de la Convención
Americana de los Derechos Humanos que dispone que “la pena no puede
trascender de la persona del delincuente”, es decir, que la criatura no
tiene que pagar por la culpa del violador.
“También, sería violar la Convención de los
Derechos del Niño y de la Niña que promulga que el niño, por su falta de
madurez física y mental, necesita protección y cuidado especiales,
incluso, la debida protección legal tanto antes como después del
nacimiento (Preámbulo, párrafo 9)”, argumentaron.
Destacan que “aunque es verdad que la violación
produce un trauma en una mujer violada, el aborto le ocasiona otro
trauma sicológico perdurable en el tiempo llamado síndrome del
post-aborto. Nunca un crimen se puede reparar con otro crimen como lo es
el aborto”.
Prosiguen explicando, que practicar el aborto
cuando la criatura tenga malformaciones sería condenar a muerte a una
vida indefensa e inocente. Sería decirle al 7% de la población
dominicana con discapacidades que ellos no merecen vivir, cuando ellos
tienen tantos dones que aportar al bien de su familia y de su patria.
“Es necesario aclarar que el problema de la “salud
pública” no lo resuelve la aprobación el aborto, ya que los mismos
datos oficiales hablan de que en el 2013 el aborto representó la cuarta
causa de muerte por causas obstétricas directas en el país, con un total
de 17 fallecimientos”, dicen.
Argumentan que las razones mayoritarias fueron más
bien porque “la atención que reciben las mujeres embarazadas en los
centros hospitalarios no es la adecuada por incumplimiento de las normas
de calidad, junto al ausentismo del personal que debe estar presente en
las labores de parto, que con frecuencia delega sus responsabilidades
en personal no especializado, sin la formación necesaria (auxiliares,
estudiantes internos y personal médico pasante o residente)” (Ministerio
de Planificación y Economía, Informe de Seguimiento de los Objetivos
del Milenio, 2013).
“Además, ya el 99% de las mujeres embarazadas en
nuestro país acuden al médico a lo largo de su proceso y dan a luz en
centros de salud públicos y privados”, manifestaron.
Destacan que “realmente es alarmante el número de
adolescentes embarazadas, pero las razones de su situación no son, en la
gran mayoría, de violaciones e incestos. Son otras y diversas las
razones como el ambiente de erotismo, las necesidades económicas, la
carencia de educación integral y la inmadurez sicológica. De hecho, no
se registra tampoco un gran número de muertes de adolescentes por causa
del parto”.
Recordaron que los tratados internacionales que se
han citado como son la “Declaración de las Naciones Unidas de todas las
formas de violencia contra la mujer” y la “Convención Interamericana
para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer”
(Convención de Belem do Pará) no hablan del aborto.
Al contrario, en la “Conferencia sobre Población y
Desarrollo de El Cairo” (1994) y la de “Beijing” (1995) el Estado
Dominicano hizo reserva expresa de no aprobar el aborto o la
interrupción del embarazo por ir en contra de su Constitución.
“Apelamos a nuestros legisladores que representan
al pueblo dominicano, que en su gran mayoría ama la vida y la defiende
desde su concepción hasta la muerte natural, que ratifiquen el Código
Penal sin enmiendas”, reiteran los obispos.
Episcopado pide a legisladores ratifiquen Código Penal como fue aprobado por el Congreso
Reviewed by Emma Pérez
on
diciembre 03, 2014
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