Cúpulas de partidos no podrán ya decidir método para seleccionar sus candidatos

imagenSANTO DOMINGO.- El Tribunal Constitucional (TC) de la República Dominicana anuló una  disposición de la ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, que otorgaba poder a los organismos de dirección de estas entidades para decidir el tipo de padrón, la modalidad y el método a utilizar en el proceso de selección de sus candidatos a cargos electivos.


El TC declaró inconstitucional y pronunció la nulidad de un texto contenido en el párrafo III, del artículo 45 de la Ley  33-18, que señala que el  Comité Central, Comisión Ejecutiva, Comisión Política, Comité Nacional o el equivalente a uno de éstos son los que tienen facultad para decidir la modalidad y método a utilizar en dicha selección.
En este sentido, acogió una acción directa de inconstitucionalidad interpuesta el 17 de agosto de 2018 por los abogados Juan Jesús Peña Ventura, Pascual Guzmán y José Ramón Ovalle Vicente, dice el periódico Listín Diario en su edición digital.
Estos últimos impugnaron, por considerarlo inconstitucionalidad,  el párrafo III del artículo 45 de la Ley núm. 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, de fecha 13 de agosto de 2018. Adujeron que esta disposición cercena la democracia interna de los partidos, movimientos y agrupaciones políticas, pues si se les otorga exclusividad a los comités central, comisión política, comité ejecutivo o su equivalente, se estaría impidiendo la participación de las decisiones importantes en la membresía de los partidos y agrupaciones políticas, en temas tales como la modificación de sus estatutos.
El pasado 6 de abril, el Tribunal Constitucional declaró inconstitucional la disposición de la Ley 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, que penaliza la difusión de mensajes negativos a través de las redes sociales durante la precampaña electoral que empañen la imagen de los candidatos.
La Alta Corte en materia constitucional dispuso la nulidad del numeral 6 del artículo 44 de la legislación, que fue promulgada el 13 de agosto de 2018.
Cúpulas de partidos no podrán ya decidir método para seleccionar sus candidatos Cúpulas de partidos no podrán ya decidir método para seleccionar sus candidatos Reviewed by Emma Pérez on mayo 09, 2019 Rating: 5
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