La sentencia fue dictada por el magistrado Máximo Matos Féliz, presidente de la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo de este distrito judicial, tras determinar que los directivos del gremio violaron violado artículos de la Constitución y la Convención Americana de los Derechos Humanos, entre otros.
Se produce después que paralizaran la docencia en demanda de mejoras salariales y otras reivindicaciones, a pesar de que se habían comprometido con autoridades y otros sectores a no hacerlo.
Dichos directivos son Miguel Féliz, Keny Montilla, Milagros Tavárez, Julio Samboy, José Ramón Ramírez, Ángel Medina, Domingo Batista, Carmen Reyes, David Cornielle, Daneyce Luz, Baldo Pérez y Vicenta Urbáez.
Para dictarla el juez Matos Féliz acogió un recurso de amparo interpuesto por los abogados Wagner Piñeyro Mateo y Juan Ramón Martínez Mateo, en representación de dos estudiantes menores de edad y de los miembros de la Asociación de Padres, Madres y Amigos de la Escuela.
Determinó que los dirigentes gremiales violaron los artículos 56, 62, 63, 65 y 74 de la Constitución, 25.1 de la Convención Americana de los Derechos Humanos, 65 y siguientes de la Ley 137-11 y 401 al 417 de la 16-92.
La sentencia les ordena levantar el paro de docencia en la provincia, el cual empezó el 16 de enero, y convocar a clases, en virtud de que esta suspensión afecta a 33 mil 358 estudiantes del nivel inicial, primario, secundario y adulto, en 97 centros educativos de esta provincia.
Imponen pago RD$50 mil ADP por cada día de clases suspendidas
Reviewed by Emma Pérez
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marzo 22, 2017
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